Inversor protegido
Noviembre de 2023Insisto en mi mensaje de meses atrás: si se quiere obtener una rentabilidad real positiva, es decir, una rentabilidad nominal superior a la inflación, el ahorrador debe transformarse en inversor (FromSaverToInvestor #FS2I). Y ello exige, entre otras cosas, alargar el horizonte temporal, diversificar la cartera, estar dispuesto a soportar volatilidad o tener en cuenta la fiscalidad. Pero hoy, por el tema de esta edición de Empresa Global, añado la exigencia del "cumplimiento normativo y regulación".
Y no tanto porque sea una obligación del inversor, sino de quien le preste el servicio de inversión o de asesoramiento. Por ello, el cliente debe reivindicar que se cumpla con las exigencias de información, de recopilación de datos y su actualización periódica (además de mantener la confidencialidad de los mismos). Sé que con frecuencia incomoda la abundante cantidad de datos que se le solicitan, la enorme lista de documentos que hay que firmar y las muchas evidencias documentales que hay que aportar. Pero es, en gran medida, por su bien, especialmente si hace caso de nuestra frase inicial y opta por asumir riesgo en su cartera. Cuanto más inversor, más necesario es que se tenga certeza de que el cliente sepa en qué está invirtiendo y cuáles son los riesgos que comporta, asà como comprobar que estos encajan con su perfil, con su horizonte temporal, con sus exigencias de rentabilidad y con la pérdida máxima que está dispuesto a soportar. Y si bien la exigencia recae en la empresa que ofrece el servicio de inversión, el cliente debe demandar (asà como aceptar) todo este cumplimiento normativo.
Pero existe otra capa de regulación. Las autoridades deben garantizar que las diferentes empresas de servicios de inversión, además de cumplir los procedimientos antes comentados, gozan de solvencia, tanto económica (es decir, son empresas que cuentan con capital y, en la medida de lo posible, obtienen resultados positivos) como técnica (la plantilla reúne la necesaria cualificación) para ofrecer servicios o productos. No es admisible que asesore o gestione aquel que no cuenta con los conocimientos suficientes. Pero tampoco que se preste el servicio desde una compañÃa que no reúna las condiciones de solvencia económica, por el riesgo que existe de que quiebre. Todo ello, superando el riesgo de que se trate de un "chiringuito financiero". Es obligación de todas las partes evitar que existan este tipo de fraudes o caer en ellos.
En conclusión, si queremos avanzar en el recomendable proceso de transformación de ahorrador a inversor es necesario concienciar e incentivar la mayor asunción de riesgos. Pero al igual que los riesgos financieros se pueden mitigar mediante técnicas como la diversificación o el alargamiento del horizonte temporal, existen otros riesgos que se reducen mediante una mayor legislación y supervisión. A todos nos incomoda y nos implica costes, pero debemos aceptar que es la forma de reducir fraudes, quiebras, disgustos y males mayores en el futuro.