TAX&TRANS II: el copo fiscal y el impuesto negativo sobre la renta
Abril de 2024"Hacienda somos todos", decÃa el popular slogan creado en 1978 para inducir a la población a participar en la campaña del IRPF de ese año en la flamante Hacienda democrática de la Transición. En realidad, fue el Ministro de Hacienda y posterior Presidente del Gobierno isabelino, Juan Bravo Murillo, quien, a mediados del siglo XIX, en la presentación de los Presupuestos a las Cortes, pronunció la frase "...porque, desengáñense SeñorÃas, Hacienda somos todos...".
Pues no, todavÃa no somos todos. De hecho, faltan, y excúsenme la simplificación, los ricos y los pobres. Los de en medio, hace tiempo que están en el copo fiscal, del que no es fácil librarse. Pero de los extremos no puede decirse lo mismo. Los más potentes porque los procedimientos, incluso legales, para minimizar la factura fiscal son más eficientes cuando se abunda en recursos, por un lado, y porque, también de manera legal, los menos favorecidos se deslizan de la red fiscal justamente por no llegar al mÃnimo exento.
No obstante, pocos amantes de la res pública negarán la importancia de que el copo fiscal abarque a todos los sujetos con capacidad para generar rentas y, por lo tanto, susceptibles de contribuir al mantenimiento del Estado. De manera que cabe plantearse si existe un esquema fiscal capaz de lograrlo. Ni qué decir tiene que queremos que nuestro esquema impositivo sea progresivo para tratar proporcionalmente mejor a quienes menos tienen. Un impuesto progresivo sobre la renta es la quintaesencia fiscal de un régimen liberal, por cierto.
Ese esquema es el "Impuesto Negativo sobre la Renta" (INR) y consta de dos elementos clave: (i) un mÃnimo exento (que revierte al contribuyente que no llega a dicho mÃnimo la diferencia entre este y sus ingresos efectivos) y (ii) un tipo impositivo, en puridad único, sobre todo ingreso que supere dicho mÃnimo exento. Las dos primeras ventajas de este esquema son inmediatas: (i) el contribuyente con ingresos inferiores al mÃnimo exento recibe una subvención por la diferencia y, (ii) con un mÃnimo exento, el tipo efectivo medio que soportan los contribuyentes con ingresos superiores a aquel aumenta con el nivel de ingresos logrando la deseada progresividad.
Valga un ejemplo. Un INR con mÃnimo exento de 20.000 euros y tipo impositivo del 50%. Un contribuyente que ingrese 5.000 euros recibirá un cheque de 15.000 euros. Un contribuyente que ingrese 20.000 euros ni paga impuestos ni recibe cheque alguno, su tipo efectivo es el 0%, no el 50%. Un contribuyente que ingrese 40.000 euros paga 10.000 euros de impuestos, un 25% efectivo sobre su renta. Un contribuyente que ingrese 80.000 euros paga 30.000 euros de impuestos, es decir, un 37,5% efectivo.
Como se puede apreciar en el ejemplo, a medida que aumenta la renta del contribuyente el tipo impositivo efectivo se aproxima al tipo nominal, pero nunca lo alcanza. Si bien, un tipo medio efectivo del 37,5% puede parecer excesivo a muchos, este se produce cuando el nivel de renta alcanza los 80.000 euros anuales. Pero a cambio, este esquema asegura que todos los contribuyentes que ingresan menos de 20.000 euros reciban transferencias para llegar hasta ese nivel.
Uno de los problemas de los sistemas autónomos (no vinculados al IRPF) de transferencias a las personas con recursos insuficientes es el de llegada a estas personas. Muchas desconocen que son elegibles y ni siquiera solicitan las ayudas. Este problema se conoce desde siempre y se denomina el "problema del take-up". Pues bien, una vez "registrado" en la APP de Hacienda (el copo fiscal definitivo) se acabó el problema.
Hay una inexplicable resistencia a un INR, pero es un impuesto comprehensivo, justo, progresivo y muy sencillo de implementar.