Europa, nuestro contexto y pretexto
Febrero de 2018 Europa viene siendo desde hace tiempo contexto y pretexto para nuestro pa铆s, y no s贸lo en lo que se refiere a la econom铆a y las finanzas, sino en los 谩mbitos pol铆tico y social.La incorporaci贸n de Espa帽a a las Comunidades Europeas en 1986 exigi贸 un importante esfuerzo de homologaci贸n del sistema pol铆tico, as铆 como una orientaci贸n de la pol铆tica general, y muy particularmente la econ贸mica, hacia Europa.
Desde entonces, nuestra relaci贸n con Europa ha vivido el despliegue de temas cruciales para la econom铆a y las finanzas espa帽olas:
- La adhesi贸n y el mercado 煤nico europeo.
- La Uni贸n Econ贸mica y Monetaria (UEM) y la moneda 煤nica.
- La crisis, en la reacci贸n a la misma y en el mayor esfuerzo de integraci贸n. financiera que se ha efectuado con la todav铆a incompleta uni贸n bancaria.
La adhesi贸n supuso la aceptaci贸n del acervo normativo previamente vigente en las Comunidades Europeas, as铆 como la adaptaci贸n de las legislaciones nacionales a dicho acervo.
Esta adaptaci贸n pronto fue superada por la puesta en marcha del mercado 煤nico, que implica un espacio sin fronteras interiores, en el que las cuatro libertades b谩sicas del Tratado de Roma - libre circulaci贸n de mercanc铆as, personas, servicios y capitales - est谩n garantizadas.
El mercado 煤nico se perfecciona con la uni贸n monetaria, al superar los obst谩culos que plantea una multiplicidad de monedas, pero, una vez ocurrida la crisis, se intenta reforzar la uni贸n monetaria con instrumentos propios del mercado 煤nico.
Tratado/acto jur铆dico | Constitutivo de la Comunidad Econ贸mica Europea* | Adhesi贸n de Espa帽a y Portugal | Acta 脷nica Europea | Uni贸n Europea (TUE) | Lisboa | Uni贸n Bancaria | |
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Reglamento 1024/2013 | Reglamento 806/2014 | ||||||
Constitutivo de la Comunidad Europea desde el TUE. Actualmente Tratado de funcionamiento de la UE (TFUE). Fuente: Afi. |
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Fecha de firma/aprobaci贸n | 25/03/1957 | 12/06/1985 | 17/02/1986 | 7/02/1992 | 13/12/2007 | 15/10/2013 | 15/07/2014 | Entrada en vigor | 1/01/1958 | 1/01/1986 | 1/07/1987 | 1/11/1993 | 1/12/2009 | 4/11/2014 | 1/01/2016 | Aportaci贸n principal | Integraci贸n Econ贸mica Europea | Incorporaci贸n Espa帽a y Portugal | Mercado 脷nico | Uni贸n Econ贸mica y Monetaria | Texto actual de TUE y TFUE | Mecanismo 煤nico de supervisi贸n | Mecanismo 煤nico de resoluci贸n |
La UEM consta de dos grandes ejes estrechamente relacionados:
- La adopci贸n de una pol铆tica econ贸mica basada en la estrecha coordinaci贸n de las pol铆ticas econ贸micas de los Estados miembros, en el mercado 煤nico y en la definici贸n de objetivos comunes.
- Una moneda 煤nica, el euro, y la definici贸n y la aplicaci贸n de una pol铆tica monetaria y de tipos de cambio 煤nica cuyo objetivo primordial ser谩 mantener la estabilidad de precios, sin perjuicio del apoyo a la pol铆tica econ贸mica general de la Uni贸n Europea (UE).
La incorporaci贸n de Espa帽a al euro supuso la p茅rdida de nuestra soberan铆a cambiaria y monetaria, con dos importantes consecuencias:
- La absoluta estabilidad cambiaria respecto a nuestros principales socios comerciales. Esta circunstancia impedir谩 que se pueda recuperar competitividad por la devaluaci贸n de la moneda, como ocurri贸 varias veces en nuestra historia reciente.
- Unos tipos de inter茅s del 3%, frente a los niveles tradicionales por encima de dos d铆gitos. De esta forma se estimulaba la inversi贸n en activos financieros y, sobre todo, inmobiliarios. Al mismo tiempo, se imped铆a disponer de unos tipos monetarios propios.
Cuando la crisis irrumpe en Estados Unidos en el verano de 1997 con el estallido de las denominadas hipotecas subprime, de baja calidad crediticia, se genera una incertidumbre generalizada sobre los sistemas bancarios y su exposici贸n a activos t贸xicos.
En Espa帽a, los efectos de este estallido se centran, sobre todo, en la ruptura de la burbuja inmobiliaria que se hab铆a generado en la etapa anterior, con los consiguientes efectos negativos en el empleo y en las entidades financiadoras.
La crisis bancaria provoc贸 importantes reformas, tanto para paliar sus efectos, como para prevenir la aparici贸n de crisis similares en el futuro. Entre las soluciones de tipo estructural, que afectan a la configuraci贸n de los sistemas bancarios y a sus entornos, podemos distinguir los siguientes frentes:
- La gobernanza de la UEM, en particular del 谩rea euro.
- La regulaci贸n bancaria.
- El sistema europeo de supervisi贸n financiera.
- La uni贸n bancaria.
La gobernanza de la UEM pretende superar una de las grandes debilidades de la moneda 煤nica desde su inicio, la coexistencia de una uni贸n monetaria de diversos pa铆ses con una pol铆tica econ贸mica en general aut贸noma para cada uno de ellos.
La UE ha ido modificando el proceso de elaboraci贸n de sus propias normas sobre unos sistemas financieros cada vez m谩s din谩micos y, por tanto, m谩s exigentes de una regulaci贸n apropiada a sus caracter铆sticas cambiantes. En el 谩mbito de los servicios financieros, esta novedad se combina con el Sistema Europeo de Supervisi贸n Financiera (SESF), con dos niveles de supervisi贸n a escala europea, adem谩s del nivel nacional:
- Macroprudencial, a cargo de la Junta Europea de Riesgo Sist茅mico.
- Microprudencial, en manos de las denominadas Autoridades Europeas de Supervisi贸n.
La UE es un ente en permanente movimiento, porque est谩 compuesta de un conjunto de pa铆ses que tambi茅n se mueven. Desde el comienzo de la crisis, se ha intentado buscar soluci贸n a los problemas planteados en tres direcciones:
- La puesta en marcha y posterior perfeccionamiento de la uni贸n bancaria.
- El replanteamiento de la UEM, complet谩ndola con una uni贸n econ贸mica y presupuestaria, que, adem谩s de reforzar la convergencia econ贸mica y social, incluir铆a una funci贸n de estabilizaci贸n presupuestaria, la creaci贸n de un Tesoro para el 谩rea euro, as铆 como un Fondo Monetario Europeo.
- La introducci贸n de una uni贸n de los mercados de capitales, cuyo principal objetivo es mejorar las condiciones financieras de los agentes econ贸micos, especialmente de la peque帽a y mediana empresa.
Bibliograf铆a